- Los resguardos de información y de archivos deben ser también un elemento que cuidar en los procesos de extinción, subrayó la Comisionada del INAI
El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) instruyó al Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado (Indep) informar sobre los requisitos para la recuperación de la liquidación de acciones de la compañía de Luz y Fuerza del Centro, extinta por decreto presidencial en octubre de 2009.
Al presentar el caso ante el Pleno, la Comisionada Norma Julieta del Río Venegas expuso que el Indep, creado por decreto en enero de 2020, tiene entre sus facultades atender las obligaciones en materia de transparencia de empresas públicas en proceso de extinción o desincorporación, como es el caso de Luz y Fuerza del Centro.
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“Por este motivo, el Instituto es apto para conocer sobre la información trasladada de las instancias que desaparecen del organigrama de la administración pública, es una de sus atribuciones. Cabe mencionar que los resguardos de información y de archivos deben ser también un elemento que cuidar entre todos los procesos que se traspasan de una institución a otra”, subrayó.
Del Río Venegas planteó que la extinción, renovación o reestructuración de instituciones públicas son parte de la dinámica del aparato gubernamental, pero ello no significa que los registros, las obligaciones de transparencia o los padrones de beneficiarios queden en un abismo.
“El Instituto, como institución responsable, debe asegurar el acceso a esta información cuando lo requiera cualquier persona. Las reglas deben respetarse y los datos deben prevalecer en este país”, puntualizó.
En respuesta a la solicitud de una persona, el Indep, a través del Responsable del Proceso de Desincorporación de Luz y Fuerza del Centro, señaló que no localizó la información requerida, precisando que no se tuvo acceso a los archivos, expedientes y documentación, debido a que las instalaciones de la compañía fueron tomadas por las fuerzas de seguridad pública.
Inconforme con la inexistencia manifestada, la persona solicitante presentó un recurso de revisión ante el INAI.
En el análisis del caso, la ponencia de la Comisionada Del Río advirtió que el Indep no cumplió con el procedimiento de búsqueda previsto en la Ley Federal de Transparencia y, por lo tanto, no es posible validar la inexistencia de la información.
Bajo estas consideraciones, el Pleno del INAI determinó modificar la respuesta del Indep y le instruyó hacer una nueva búsqueda en todas las áreas competentes para conocer la información, a fin de que la entregue a la persona solicitante.