Guadalupe, Zac.- El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Zacatecas (IEEZ) aprobó, en Sesión Extraordinaria, la Convocatoria y las Bases de la Licitación Pública Estatal de carácter Nacional con tiempos recortados, para la adquisición de Material Electoral que se utilizará en el Proceso Electoral Local 2023-2024.
El Consejero Electoral y Presidente de la Comisión de Administración explicó que conforme a la Ley Orgánica del Instituto le Corresponde al Consejo General aprobar las convocatorias de licitaciones públicas.
La Convocatoria y bases se expide con tiempos recortados para maximizar el poco tiempo con el que se cuenta para recibir el material electoral que consiste en cancel electoral, caja paquete electoral para envío de expedientes de elecciones locales y federales, cajas contenedoras de materiales, etiquetas braille, entre otros.
Otro de los Acuerdos aprobados fue la respuesta a una consulta realizada por Arturo Ortiz Méndez,en su carácter de Presidente Estatal del partido político Movimiento Alternativa Zacatecas (MAZ) que pregunta la acerca de los aspirantes a elección consecutiva, que se encuentran en funciones y que fueron postulados por partidos o coaliciones pero que no han militado en ningún partido y por tanto no tienen una militancia a la cual renunciar.
Al respecto el Consejero Electoral y Presidente de la Comisión de Asuntos Jurídicos, Arturo Sosa Carlos, señaló que “las y los aspirantes a elección consecutiva en Ayuntamientos, que fueron postulados por partidos políticos o coaliciones, en el Proceso Electoral Local 2020-2021, que actualmente se encuentran en funciones y que no hayan militado en ningún instituto político; no tienen que renunciar o haber perdido su militancia antes de la mitad de su mandato, en virtud, a que no se podría refrendar o renunciar a una calidad con la que nunca se contó”.
En el caso de diputaciones “que fueron postuladas por un partido político o coalición sin ser militante de éste y pretendan ser postuladas a través de la elección consecutiva por un partido político distinto, deberán acreditar su desvinculación al grupo parlamentario del partido que los postuló, mediante el documento que en su oportunidad presentaron ante el partido político que realizó la postulación”.